UNA SENTECIA OBLIGA A SANIDAD A REVISAR EL PAGO DE TRIENIOS A 15.000 TRABAJADORES

Una sentencia obliga a Sanidad a revisar el pago de trienios a 15.000 trabajadores

¡ Desde 1987 !

El juzgado de lo contencioso administrativo número 8 de Valencia ha dictado a la Consellería de Sanidad a reconocer como trienios los años de servicio prestados por un enfermero hasta 1987 .
Esta resolución ha llevado al sindicato Csif a señalar que lo dispuesto en la misma puede afectar a 15.000 trabajadores y a alguno de los cuales la administración autonómica podría deberle hasta 10.000 euros .
La formación sindical solicita a Sanidad que " acate la sentencia " y la aplique " de oficio a todos los afectados ".
El juzgado estima el recurso presentado por el afectado , enfermero con 43 años de servicios prestados en un centro de salud de la provincia de Valencia , que percibía en nómina dos conceptos retributivos diferenciados ; premio de antiguedad y trienios , aunque estos últimos no se correspondían con el tiempo trabajado .
Ante esta resolución , el sindicato considera que en estos momentos la Consellería de Sanidad está obligada a reconocer como trienios los años de servicios prestados con anterioridad a la entrada en vigor del real Decreto 3/1987 , que fue el que incorporó el concepto de trienios , ya que antes la administración establecía un premio por antiguedad del 10 % .
La sentencia señala que los trienios - retribución básica - y el premio de antiguedad - retribución complementaria de carácter personal son conceptos retributivos distintos que " pueden perfectamente coexistir ", por lo que debe reconocer el derecho del recurrente a percibir integramente el concepto de retribución básica correspondiente a los trienios tomando en consideración todo el tiempo trabajado e incluyendo en el cómputo los correspondientes a los periodos anteriores a la entrada en vigor del real Decreto .
De este modo , señala el sindicato " el personal estatutario en cuya nómina aparezca el concepto " antiguedad " tiene derecho a que los años de servicios prestados antes del real Decreto 3/1987 se computen a efectos de trienios " . 



Comentarios

  1. QUE EL PERSONAL SE INFORME BIEN ANTES DE PONER DEMANDA, porque en Andalucía ya se ganó hace tiempo, y les pagan los trienios pero les han quitado la antigüedad y además les reclaman el cobro indebido por este concepto de los últimos 5 años, con lo que pierden pasta. Los sindicatos allí están retirando las demandas, así que OJITO

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